Asesoría y registro de inversión extranjera en Colombia
Toda inversión extranjera que ingresa al país debe registrarse ante el Banco de la República a través del intermediario del mercado cambiario. Un registro incorrecto o tardío genera multas y bloquea la repatriación de capitales y utilidades.
Estructuramos la operación, canalizamos las divisas, presentamos los formularios cambiarios (Formulario 4, Formulario 11) y dejamos su inversión formalmente registrada para que pueda repatriar utilidades sin contingencias.
¿Qué inversiones requieren registro?
- Aportes de capital a sociedades colombianas
- Compra de inmuebles para vivienda o renta
- Compra de acciones o cuotas sociales
- Préstamos externos y créditos en moneda extranjera
- Inversiones de portafolio y activos financieros
Beneficios de registrar correctamente
Habilita la repatriación legal de capital y utilidades, soporta la solicitud de Visa M de Inversionista, otorga protección bajo tratados internacionales y evita sanciones cambiarias del régimen colombiano.
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